La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció la Nueva Liquidación Electrónica Mensual a través de la Resolución General 5824/26, publicada el 13 de febrero de 2026. Esta normativa representa una transformación digital obligatoria del régimen de emisión de comprobantes.
El objetivo principal es unificar la base de información fiscal en todo el territorio nacional, alcanzando operaciones por honorarios, retribuciones de tareas y percepciones. A continuación, detallamos los impactos clave de esta resolución.
1. Automatización e impacto impositivo directo
La nueva normativa busca automatizar y optimizar las Declaraciones Juradas mediante la vinculación de los puntos de venta con las actividades económicas. El resultado esperado es un menor margen de error y la eliminación de los ajustes fiscales manuales.
Esto se refleja en dos áreas principales:
- Libro IVA Digital e IVA Simple: Se facilita el cómputo del crédito fiscal utilizando datos exactos provistos por la base de ARCA, eliminando la carga manual de conciliación.
- Régimen de Ganancias: Para la presentación anual, habrá deducciones precargadas automáticamente — por ejemplo, cuotas médico-asistenciales — reduciendo errores y tiempo de preparación.
Impacto práctico: menos trabajo manual de carga, pero mayor exposición a inconsistencias si los datos de ARCA no coinciden con los registros propios. La conciliación previa al vencimiento pasa a ser crítica.
2. Ampliación de sujetos obligados a facturar electrónicamente
La RG 5824/26 equipara a nuevas entidades con el resto de los contribuyentes, incorporándolas al régimen de facturación electrónica obligatoria.
Instituciones alcanzadas:
- Entidades financieras
- Empresas aseguradoras
- Empresas de tarjetas de crédito
- Entidades de medicina prepaga
- Entidades educativas
Profesionales y perceptores alcanzados:
- Directores de S.A. y Síndicos societarios
- Receptores de retribuciones por tareas
- Quienes perciben honorarios vía judicial (abogados, peritos, auxiliares de la justicia)
Si sos director de una SA o percibís honorarios judiciales y todavía no emitís facturas electrónicas, julio 2026 es tu fecha límite de adecuación. No esperes al último momento — la habilitación del punto de venta electrónico puede demorar.
3. Opción de consolidación mensual para emisores masivos
Para contribuyentes que emiten grandes volúmenes de comprobantes (entidades financieras, prepagas, educativas, tarjetas), la resolución ofrece una opción exclusiva de consolidación mensual:
- Emisión de un único comprobante por cliente por mes, en lugar de facturas individuales por cada operación
- Eliminación de miles de facturas diarias
- Reducción drástica de la carga operativa y administrativa
Esta opción no es obligatoria — es una alternativa para quienes califiquen como emisores masivos y opten por simplificar su operatoria.
¿Cuándo entra en vigencia?
| Hito | Fecha |
|---|---|
| Publicación de la RG 5824/26 | 13 de febrero de 2026 |
| Entrada en vigencia obligatoria | 1º de julio de 2026 |
| Operaciones alcanzadas desde | Período fiscal julio 2026 en adelante |
Quedan menos de 5 meses para la adecuación de sistemas. Para las entidades y profesionales recién incorporados al régimen, el tiempo de implementación técnica no es trivial.
¿Qué tenés que hacer según tu situación?
| Perfil | Acción requerida | Urgencia |
|---|---|---|
| Ya emitís facturas electrónicas | Verificar compatibilidad del sistema con nuevos formatos | Media |
| Director de SA / Síndico | Habilitar punto de venta electrónico en ARCA | Alta |
| Honorarios judiciales | Incorporarse al régimen de facturación electrónica | Alta |
| Entidad financiera / prepaga / educativa | Evaluar opción de consolidación mensual + adecuación IT | Alta |
| Contribuyente general | Controlar que los datos precargados en IVA y Ganancias sean correctos | Media |
El punto que más preocupa: los datos precargados
La automatización de deducciones y créditos fiscales es una ventaja operativa innegable. Pero introduce un riesgo nuevo: si ARCA tiene datos incorrectos o incompletos sobre tus operaciones, esos errores van a aparecer precargados en tu DDJJ.
La responsabilidad de verificar y corregir esa información sigue siendo del contribuyente. Presentar una DDJJ con datos precargados incorrectos no exime de sanciones.
La regla no cambia: la firma de la declaración jurada implica conformidad con su contenido. Automatización no significa delegación de responsabilidad.
En Countax estamos siguiendo de cerca la implementación de la RG 5824/26 y acompañamos a nuestros clientes en la adecuación de sus sistemas y procesos. Si tenés dudas sobre cómo te impacta esta normativa, contactanos aquí.
